top of page

Salta / ARGENTINA

MASTER PLAN LAGUNILLA

NOV 2021

SECTOR1.jpg

​1.    PARQUE NATURAL PÚBLICO de MONTAÑA / Sendero mirador / PN 1


•    Parque PÚBLICO Natural PROTEGIDO / Varios accesos peatonales / Actividades controladas: deportivas, recreativas y de ocio / Servicios gastronómicos de muy bajo impacto relacionados a esas actividades.
•    Actividades educacionales y científicas relacionadas a la protección de la flora, fauna y paisaje.
•    Aporta PAISAJE, esparcimiento y recreación a las comunidades de toda la zona.

2. PARQUE RECREATIVO de MONTAÑA / PN 2

• PARQUE natural PRIVADO, de Acceso RESTRINGIDO y actividades controladas: deportivas, recreativas y de ocio, Servicios gastronómicos, Hotelería de muy bajo impacto.

• Actividades educacionales y científicas relacionadas a la PROTECCIÓN de la flora, fauna y paisaje.

• Se unifica al espacio verde del gran parque de montaña / Incluye sectores de LAGUNAS de RETARDO en función de las escorrentías naturales.

 

3. ZONAS de FUELLE VERDE – Espacios abiertos / PN 3

• Sectores de máxima protección, UNIFICADOS ambientalmente a los Parques. / Actúan como ARTICULADORES entre los espacios verdes abiertos y el resto de los distritos propuestos preservando además las escorrentías naturales.

• Con restricción de usos que permitan actividades de bajo impacto garantizando la sostenibilidad económica de su conservación en el tiempo. / Actividades recreativas, hotelería y servicios gastronómicos de muy bajo impacto

SECTOR2.jpg

​4 – 4*. Zona de USO MIXTO e INSTITUCIONAL / M 8

• Zona de completamiento del eje actual de Av. Asunción, a ser incorporada al Perímetro Urbano Consolidado. Funcionará como acceso a los parques, posibilitando servicios institucionales en el Sector 4 y la instalación de actividades de servicios cotidianos necesarios para los residentes.

• El sector 4* queda reservado como Banco de Tierras para el establecimiento de servicios institucionales en los términos de la cláusula séptima del Convenio Urbanístico.

 

5. Zonas para VIVIENDA ASEQUIBLE / R So 1,2,3

• Distritos re-clasificables a URBANOS para vivienda de sectores de menores recursos. / Terrenos de superficies medianas a pequeñas y edificios en propiedad horizontal de baja altura (Max. 4 pisos)

• Se complementa con usos comerciales, servicios e industriales de niveles de Interferencia ambiental bajos a altos (condicionados).

• Cuentan con accesibilidad directa a los parques y a las zonas de uso institucional más importantes de la propuesta.

 

6. Zonas para Vivienda de MEDIA DENSIDAD – Uni-Multifamiliar / RM

• Distritos re-clasificables a URBANOS con destino predominantemente residencial / BARRIOS ABIERTOS, con densidades medias en terrenos de superficies medianas.

• Se posibilita la construcción de edificaciones en propiedad horizontal de baja altura con actividades comerciales de bajo impacto.

7. Zona Residencial de BAJA DENSIDAD. / RB

• Zonas de viviendas de BAJA DENSIDAD, en zona del faldeo de ladera cercano al nuevo Nodo de Centralidad, con el objetivo de completar la demanda en las distintas tipologías de vivienda.

• Generar un GRADIENTE EDIFICATORIO desde lo más denso (Av. Asunción) hacia el Parque de la parte alta.

SECTOR3.jpg

8. Zonas para Vivienda de MEDIA DENSIDAD. Uni-Multifamiliar / RM 1

• Distrito predominantemente residencial de DENSIDAD MEDIA-BAJA / abierta.

• Complementaria a los usos comerciales y de servicios cercanos al nodo de centralidad propuesto / MACRO Lotes de superficies amplias y posibilidad de construcción de edificaciones en PROPIEDAD HORIZONTAL de altura mediana.

• Edificios de VIVIENDAS Con posibilidad de incorporar locales comerciales de bajo impacto.

 

9. Zona de USOS MIXTOS / Centro empresario. / NC

• Nodo de CENTRALIDAD de ALTA diversidad de usos, donde se estimulan las actividades comerciales, de servicios, institucionales, recreativas y otras, con la finalidad estratégica de atenuar la sobrecarga de actividades que registra el Centro Histórico de la Ciudad de Salta.

• N. Interf. bajos a medios (condicionados), coexistiendo con usos residenciales de densidades medias 9* MC

• Distrito mixto en que se favorece la coexistencia de usos comerciales, de servicios e industriales de niveles de Interferencia Ambiental bajos y medios (condicionados), con usos residenciales de densidad media.

 

10. CENTRO LOGÍSTICO de TRANSFERENCIA de CARGAS / NC-PL

• Distrito destinado al equipamiento de servicios logísticos y de transferencia de cargas, y de sus servicios complementarios.

• Actividades logísticas, playa de transferencia, estaciones de servicio, playa de camiones, talleres, lavaderos. Residencial y bienes y servicios asociados a esas actividades.

bottom of page